lunes, 6 de octubre de 2008

FRENTE AMPLIO ACUSA A GUSTAVO MARTÍNEZ DE VIOLAR LA CONSTITUCIÓN

La bancada de ediles del Frente Amplio podría estar presentando en la Junta Departamental una solicitud para conformar una preinvestigadora respecto a un informe recibido por el Tribunal de Cuentas de la República que indica que el doctor Gustavo Martínez violó el artículo 91 de la Constitución al asumir suplencias en la Cámara de Diputados sin renunciar a su condición de funcionario municipal. Gustavo Martínez es el actual coordinador de las Juntas Locales de Tacuarembó y pre candidato a diputado por el sector de Jorge Larrañaga.

La solicitud se encuentra en los asuntos entrados de la Junta Departamental, denuncia que está basado en un dictamen del Tribunal de Cuentas que establece que se está violando el artículo 91 de la Constitución.

Esto se sumaría a la denuncia presentada el pasado jueves por el diputado Edgardo Rodríguez contra el intendente Ezquerra irregularidades en los descuentos del IRP del salario del intendente Ezquerra.

Artículo 91 de la Constitución

No pueden ser Representantes:
1°)El Presidente y el Vicepresidente de la República, los miembros del Poder Judicial, del Tribunal de Cuentas, del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo, de la Corte Electoral, de los Consejos o Directorios o los Directores de los Entes Autónomos y de los Servicios Descentralizados, de las Juntas Departamentales, de las Juntas Locales y los Intendentes.
2°) Los empleados militares o civiles dependientes de los Poderes Legislativo, Ejecutivo con Judicial, de la Corte Electoral, del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo y del de Cuentas, de los Gobiernos Departamentales, de los Entes Autónomos y de los Servicios Descentralizados, por servicios a sueldo, con excepción de los retirados o jubilados. Esta disposición no rige para los que desempeñen cargos universitarios docentes o universitarios técnicos con funciones docentes; pero si el elegido opta por continuar desempeñándolos, será con carácter honorario por el tiempo que dure su mandato. Los militares que renuncien al destino y al sueldo para ingresar al Cuerpo Legislativo, conservarán el grado, pero mientras duren sus funciones legislativas no podrán ser ascendidos, estarán exentos de toda subordinación militar y no se contará el tiempo que permanezcan desempeñando funciones legislativas a los electos de la antigüedad para el ascenso.

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